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AFIC SEGORBE INFORMA DE LAS AYUDAS AVALEM COMERÇ A LA PYME COMERCIAL PARA EL EJERCICIO 2022
JUN 2022

 

La Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Co@mercio y Trabajo aprueba la Orden 5/2022, de 1 de junio, por la cual se modifica la Orden 22/2018, de bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio, consumo y artesanía.

Respecto a convocatorias anteriores, se modifican las ayudas a las inversiones en el caso de las pymes comerciales y de las entidades locales, para subvencionar también las obras, equipamiento y las instalaciones comerciales. Incluyendo las aplicaciones informáticas y gastos derivados de la creación de una página web vinculada al establecimiento, destinada a la implantación de la venta en línea o la integración en una plataforma en línea de comercio electrónico, a los establecimientos situados o que se implantarán en la Comunitat Valenciana.

Estas inversiones también se pueden destinar a equipamiento para la exposición, el almacenamiento y venta del producto, la señalización e identificación del establecimiento, sistemas de seguridad, accessibilidad, ahorro energético, tratamiento de residuos, etc. Solo se subvencionarán las obras realizadas en la zona de venta del establecimiento.

La inversión aprobada no podrá ser inferior a 3.000 euros y la ayuda podrá alcanzar el 75 % de la inversión, con el límite de 40.000 euros por establecimiento, y en un periodo de tres años.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pymes o micropymes incluyendo las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia:

1. Que ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las actividades, según:

- CNAE (Real decreto 475/2007, de 13 de abril, CNAE-2009): Sección G, División 47, excepto los grupos y clases 4726, 473, 4773, 478 y 479.

- IAE (Real Decreto ley 1175/1991, de 28 de septiembre): Sección Primera División 6, Agrupaciones:

Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5

Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655

2. Agrupaciones de profesionales del comercio de segundo y tercer grado sin ánimo de lucro, con ámbito intercomarcal o superior y sede o delegación permanente en la Comunitat Valenciana, para las ayudas reguladas en el artículo 20.5 de la Orden 22/2018, modificada por la Orden 5/2022.

3. Las entidades locales de la Comunitat Valenciana, para las ayudas reguladas en los puntos 3, 5, 6 y 10 del artículo 22 de la Orden 22/2018, modificada por la Orden 5/2022.

Las solicitudes, según el modelo normalizado disponible en el correspondiente trámite telemático según la ayuda que se pretenda solicitar, de las reguladas en esta convocatoria, se presentarán únicamente por vía telemática, a través de la sede electrónica de la Generalitat (http://sede.gva.es).

El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día 23 de junio hasta el día 8 de julio de 2022, ambos inclusive.

 


 

 

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